Si quieres colaborar con Fundació Mira’m a través de donaciones puntuales o periódicas esta es tu página. Te explicaremos que tipo de donaciones puedes realizar y cómo llevarlas a cabo.
Todas las donaciones que realices en Fundació Mira’m serán destinadas al apoyo y acompañamiento de personas con autismo y sus familias, desde una perspectiva directa o través de la concienciación, la sensibilización social y el diseño y desarrollo de proyectos de innovación e investigación.
Si como entidad o persona física estáis interesadas en realizar una donación puntual o periódica podéis hacerlo de dos maneras diferentes: a través de la descarga del documento de solicitud o a través de formulario online.
La donación la podéis realizar a través de domiciliación bancaria, transferencia o Bizum.
Si tenéis cualquier consulta podéis realizarla a través de la dirección de correo gestion@fundaciomiram.org
Puedes descargarte el documento que encontraréis en este enlace y, una vez rellenado, enviarlo a la dirección de correo gestion@fundaciomiram.org.
Podéis rellenar el siguiente formulario para llevar a cabo la donación.
Está claro. Este tipo de donaciones se llevan a través de aportaciones de dinero puntuales o periódicas.
Este tipo de donaciones puedes realizarlas directamente desde esta página web.
Si en vez de donar dinero donas un bien. Es decir, algo físico, como material, una obra de arte, un local, etc. Tanbién si donas un derecho como unos derechos de imagen.
Para realizar este tipo de donaciones ponte en contacto con gestion@fundaciomiram.org
Cuando donas los beneficios de un bien inmueble pero no su titularidad. Es decir, el bien sigue siendo tuyo pero el uso y las rentas que genera las cedes.
Para realizar este tipo de donaciones ponte en contacto con gestion@fundaciomiram.org
Fundació Mira’m es una entidad incluida en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Por tanto, todas las donaciones que realices tendrán su correspondiente deducción.
Si donas hasta 250 euros (a través de dinero, bienes o derechos) te puedes deducir hasta un 80%. Por importes superiores te puedes deducir desde un 35% y hasta un 45% en función de si hablamos de una donación puntual o periódica.
En Fundació Mira’m te facilitaremos un certificado de donaciones por cada una de las aportaciones recibidas para que te la puedas deducir.
Si necesitas más información puedes escribirnos a gestion@fundaciomiram.org