Donaciones
Realiza tu donación
Si como entidad o persona física estás interesada en realizar una donación puntual o periódica, puedes hacerlo mediante domiciliación bancaria, transferencia o Bizum.
Para ello, solo tienes que descargar el documento de solicitud, cumplimentarlo y enviarlo por correo electrónico a: gestion@fundaciomiram.org.
Si tienes cualquier duda o consulta, también puedes escribirnos a esa misma dirección. Estaremos encantados de ayudarte.

Tipos de donaciones
Dinerarias
Está claro. Este tipo de donaciones se llevan a través de aportaciones de dinero puntuales o periódicas.
Este tipo de donaciones puedes realizarlas directamente desde esta página web.
Bienes y derechos
Si en vez de donar dinero donas un bien. Es decir, algo físico, como material, una obra de arte, un local, etc. También si donas un derecho como unos derechos de imagen.
Derecho de usufructo sobre bienes inmuebles
Cuando donas los beneficios de un bien inmueble pero no su titularidad. Es decir, el bien sigue siendo tuyo pero el uso y las rentas que genera las cedes.
Para realizar una donación ponte en contacto con
Ventajas fiscales por donativos
Fundació Mira’m es una entidad incluida en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Por tanto, todas las donaciones que realices tendrán su correspondiente deducción.
En Fundació Mira’m te facilitaremos un certificado de donaciones por cada una de las aportaciones recibidas para que te la puedas deducir.
Si necesitas más información puedes escribirnos a gestion@fundaciomiram.org
Personas físicas (IRPF)
Deducción de hasta el 80%
Hasta 250€.
Deducción del 40%
A partir de 250€. La deducción aumenta al 45% cuando en el ejercicio y los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
Personas jurídicas (IS)
Deducción del 40%
La deducción aumenta al 50% cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.